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Fiscalidad en España y empresas extranjeras
Thread poster: Ana Cristina Gutierrez Iglesias
Ana Cristina Gutierrez Iglesias
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Mar 7, 2015

HOla

Yo soy traductora autónoma auto-entrepreneur en Francia y me gustaría saber las diferencias con España, para ver qué sistema es más ventajoso. Aquí se paga un 23% de lo que ganes si no cobras, no pagas impuestos. Creo que en España se paga 250 e al mes siempre. Al trabajar solo con empresas extranjeras, no tendría que cobrar ni IVA ni IRPF no? Podriais explicarme también cómo funciona la seguridad social y pensiones y el sistema de declaración de la renta, cuántas v
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HOla

Yo soy traductora autónoma auto-entrepreneur en Francia y me gustaría saber las diferencias con España, para ver qué sistema es más ventajoso. Aquí se paga un 23% de lo que ganes si no cobras, no pagas impuestos. Creo que en España se paga 250 e al mes siempre. Al trabajar solo con empresas extranjeras, no tendría que cobrar ni IVA ni IRPF no? Podriais explicarme también cómo funciona la seguridad social y pensiones y el sistema de declaración de la renta, cuántas veces se realiza y eso? Qué cosas se pueden exonerar de los impuestos como luz, etc por ser autónomo y qué debe mencionar una factura? En Francia, no existe IVA para los autoentrepreneurs y no tenemos exoneraciones tampoco solo declaramos los ingresos netos.

Gracias de antemano.

Cristina
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Benoit Cros
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Resumen Mar 10, 2015

Hola Cristina,

la cuota a la que te refieres es la de la Seguridad Social, la cuota mínima es de unos 260 euros al mes, que tienes que pagar sí o sí, aunque hay bonificaciones para nuevos autónomos durante 18 meses (los primeros 6 meses son 52 euros y luego va aumentando). De todas formas, ten en cuenta que los 260 euros corresponden a la cuota mínima por lo que la jubilación a la que te daría derecho sería mínima también (en cuanto mejores tus ingresos es recomendable que
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Hola Cristina,

la cuota a la que te refieres es la de la Seguridad Social, la cuota mínima es de unos 260 euros al mes, que tienes que pagar sí o sí, aunque hay bonificaciones para nuevos autónomos durante 18 meses (los primeros 6 meses son 52 euros y luego va aumentando). De todas formas, ten en cuenta que los 260 euros corresponden a la cuota mínima por lo que la jubilación a la que te daría derecho sería mínima también (en cuanto mejores tus ingresos es recomendable que pagues más).

En cuanto al IRPF, si facturas exclusivamente a empresas fuera de España tendrás que pagar todo el IRPF trimestralmente, un 20% de tus beneficios (ganancias menos gastos). Para gastos, es controvertido como podrás comprobar en Internet pero a mi lo que me explicaron en Hacienda es lo siguiente: puede contar como gasto parte de tu alquiler si tienes una habitación que te sirve de despacho e Internet/teléfono. Los gastos de luz, agua, gas no son deducibles a no ser que tengas un contador separado. También puedes recuperar el IVA de Internet.

El año siguiente, a la hora de hacer la declaración de la renta, tendrás que pagar un complemento de IRPF o cobrar una devolución por parte de Hacienda en función de diversos factores (familia, comunidad autónoma en la que resides, etc.)

También tienes que tener en cuenta que las pensiones son más bajas en España...

¡Espero haber respondido a tus preguntas!
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Ana Cristina Gutierrez Iglesias
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fiscalidad Mar 10, 2015

Gracias por contestar.
Y cómo se sabe cuánto se debe declarar para aumentar la jubilación? lo que no hay que pagar sería el IVA no? Yo pensaba que no se pagaba ni IVA ni IRPF si se trabaja con extranjeros.
Solo se paga lo de la cuota mínima o hay otros impuestos además de eso?
Si supongamos que hiciera 2000 e de ingresos cuánto se irían en impuestos y cuotas?
se tiene derecho a la seguridad social desde que te das de alta o tienen que pasar algunos meses para pod
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Gracias por contestar.
Y cómo se sabe cuánto se debe declarar para aumentar la jubilación? lo que no hay que pagar sería el IVA no? Yo pensaba que no se pagaba ni IVA ni IRPF si se trabaja con extranjeros.
Solo se paga lo de la cuota mínima o hay otros impuestos además de eso?
Si supongamos que hiciera 2000 e de ingresos cuánto se irían en impuestos y cuotas?
se tiene derecho a la seguridad social desde que te das de alta o tienen que pasar algunos meses para poder beneficiarse?
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Benoit Cros
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Aclarando conceptos Mar 10, 2015

Creo que hace falta aclarar conceptos: el IVA lo paga el cliente si es una empresa en España y esto lo tienes que transferir a Hacienda. Si sólo trabajas con empresas extranjeras no cobrarás ningún IVA y no tendrás que pagar nada a Hacienda. Lo que sí podrás hacer es recuperar el IVA de las cosas que compras para tu actividad. Es decir, si compras un ordenador con un IVA de 150 euros, puedes recuperarlo.

El IRPF es el "impôt sur le revenu" por lo que lo tendrás que pagar. C
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Creo que hace falta aclarar conceptos: el IVA lo paga el cliente si es una empresa en España y esto lo tienes que transferir a Hacienda. Si sólo trabajas con empresas extranjeras no cobrarás ningún IVA y no tendrás que pagar nada a Hacienda. Lo que sí podrás hacer es recuperar el IVA de las cosas que compras para tu actividad. Es decir, si compras un ordenador con un IVA de 150 euros, puedes recuperarlo.

El IRPF es el "impôt sur le revenu" por lo que lo tendrás que pagar. Cuando facturas a un cliente español no cobras el 100% del precio acordado porque una parte (el 19%) lo paga el cliente de tu parte a Hacienda. Al final de cada trimestre, haces una declaración y pagas el 20% de tus beneficios. En general, los autónomos españoles pagan muy poco cada trimestre puesto que facturan a empresas españolas ya que estas han pagado la mayor parte de este IRPF en el momento de la factura.

En cuanto a la Seguridad Social, depende de la base : la mínima es de 884 euros y la máxima de 3606 euros. Tienes que pagar el 29,8% de ello a la Seguridad Social por lo que el mínimo es de 260 euros al mes y el máximo 1074 euros (es la cuota que te da derecho a la pensión máxima). Y una cosa que se me olvidó decir es que esta cuota cuenta como gasto.

Si ganas 2000 euros brutos al mes, tu base imponible será de 1740 euros si pagas la cuota mínima (pero puedes reducir esta base si tienes más gastos o una cuota más alta). Tendrás que pagar un 20% de IRPF: 350 euros, aunque en realidad se paga cada trimestre.

Total, te quedarían 1390 euros netos, pero en realidad es probable que Hacienda te devuelva algo a la hora de hacer la declaración de la renta porque existen varias deducciones, por ejemplo a todo el mundo se le aplica el mínimo personal de 5.500 euros pero hay deducciones por hijos, vivienda, deducciones autonómicas, etc. Es probable que tu tasa real de IRPF se acerque al 13-14%. Por tanto te podrían quedar unos 1500 euros limpios.

En cuanto a tener derecho a la Seguridad Social, supongo que te refieres al médico, en principio el único requisito es estar empadronada.
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Ana Cristina Gutierrez Iglesias
Ana Cristina Gutierrez Iglesias
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fiscalidad Mar 10, 2015

Es bastante más complejo que en Francia que pagamos el 20% de los ingresos sin IVA ni nada, por ser autoentrepreneur y tampoco descontamos oficina, ni internet ni nada. Es una contabilidad muy fácil.
Entonces el IRPF y el IVA se cobran con empresas españolas pero si las empresas son extranjeras no verdad?
qué quiere decir que cuenta cómo gasto?


 
Benoit Cros
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¡No tan complicado! Mar 10, 2015

¡Puede que suene complicado pero no lo es tanto!

Yo creo que estás confundiendo los conceptos. Por lo que entiendo, el 23% del que hablas sólo corresponde a la seguridad social (http://vosdroits.service-public.fr/professionnels-entreprises/F23267.xhtml#N10079). En España, es el 29,8% pero en realidad eres más o menos libre de decidir el
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¡Puede que suene complicado pero no lo es tanto!

Yo creo que estás confundiendo los conceptos. Por lo que entiendo, el 23% del que hablas sólo corresponde a la seguridad social (http://vosdroits.service-public.fr/professionnels-entreprises/F23267.xhtml#N10079). En España, es el 29,8% pero en realidad eres más o menos libre de decidir el importe, siempre que sea superior o igual a 260 EUR al mes).

Tanto en Francia como en España pagas el IRPF (impôt sur le revenu), con la diferencia que en España tienes que hacer una declaración trimestral, además de la anual. Y lo de los gastos puede que suene complicado (no sé cómo es en Francia) pero en realidad es algo bueno pues reduce tu base imponible.

La única cosa más complicada es el IVA pero si tú trabajas sólo con empresas extranjeras, no estarás afectada.


No entiendo tu última pregunta, ¿a qué te refieres?
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Ana Cristina Gutierrez Iglesias
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fiscalidad Mar 10, 2015

me refiero a tu frase: Y una cosa que se me olvidó decir es que esta cuota cuenta como gasto.

en Francia también se paga cada 3 meses y eso es para seguridad social, jubilación, etc. Y en la anual es poco.
sabes cuál es la base imponible para los trabajos asalariados por ej. para alguien que cade 50 000 e al año.

Gracias por tus respuestas, me queda todo más claro


 
Benoit Cros
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Cuota de seguridad social Mar 10, 2015

La cuota de la seguridad social cuenta como gasto, de la misma manera que un ordenador o un software que compres, o la cuota de Proz, es decir que reduce tu base imponible.

En cuanto a la base imponible de un trabajador asalariado que gana 50.000 euros, habría que quitarle las cotizaciones pagadas (un poco menos del 7%, es decir 3.500 euros en este caso) y el mínimo personal de 5.500 euros, lo que daría 41.000 euros pero hay más deducciones que dependen de la situación de cada
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La cuota de la seguridad social cuenta como gasto, de la misma manera que un ordenador o un software que compres, o la cuota de Proz, es decir que reduce tu base imponible.

En cuanto a la base imponible de un trabajador asalariado que gana 50.000 euros, habría que quitarle las cotizaciones pagadas (un poco menos del 7%, es decir 3.500 euros en este caso) y el mínimo personal de 5.500 euros, lo que daría 41.000 euros pero hay más deducciones que dependen de la situación de cada persona. Te recomiendo este simulador http://cincodias.com/herramientas/calculadora_irfp_reforma_fiscal/ (pero ojo: "sueldo neto" no tiene el mismo significado que en Francia. En España significa neto de cotizaciones sociales + IRPF, en Francia solo significa neto de cotizaciones sociales).
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Monika Jakacka Márquez
Monika Jakacka Márquez  Identity Verified
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algunas aclaraciones adicionales Mar 10, 2015

Hola,

Aunque Benoit lo ha explicado bastante bien, para simplificarlo todo yo también añadiré "my two cents"

En cuanto a la facturación, cuando emites una factura en España debes seguir las siguientes pautas:

Valores actuales para el 2015:

Si el cliente es empresa/autónomo español (península + Baleares):
+ 21% de IVA
- 9% ó 19 % de IRPF

Si el cliente es un particular español (península + Baleares):
+ 21% de IVA
- 0% de IRPF

Si el cliente es empresa/autónomo español (Canarias):
+ 0% IVA
- 9% ó 19% de IRPF

Si el cliente es un particular español (Canarias):
+ 0% IVA
- 0% de IRPF

Si el cliente es extranjero de UE:
Debe darte el VAT no. (un número NIF/CIF internacional). Puedes comprobar la validez de este número aquí:
http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/vieshome.do

Si lo hace:
+ 0% IVA
- 0 % de IRPF
Si no lo hace:
+ 21% IVA
- 0% de IRPF

Si el cliente es extranjero pero no es de UE:
+ 0% IVA
- 0 % de IRPF



El porcentaje del IRPF depende de lo siguiente:
- 9%: aplicable durante el año en el que te das de alta como autónoma por primera vez en tu vida, más 2 años siguientes;
- 19%: aplicable a partir del cumplimiento del período anteriormente descrito.

También es posible aplicar el 19% de la retención del IRPF desde el principio del ejercicio de la actividad, pero lo importante es ser consecuente y no variar este porcentaje una vez emitida al menos una factura (vamos, a lo largo de un ejercicio no se puede emitir algunas facturas con la retención del 9% y otras con la del 19%).



Si resulta que emites facturas principalmente a empresas españolas, es decir, que descuentas el IRPF en la mayoría de las facturas (más del 70% de tus ingresos lleva el IRPF descontado), no tienes que adelantar más IRPF al estado y te quedas tal y como estás hasta el momento de hacer la declaración anual de la renta.

No obstante, si de todo el volumen de tu trabajo más del 30% lo constituyen encargos facturados sin la retención del IRPF, tienes la obligación de retener el IRPF por tu cuenta. Se hace trimestralmente, presentando el modelo 130. Y se retiene el 30% de tus ingresos (de la parte de la que no has adelantado nada, lo facturado con la retención del 19 ó 9% del IRPF no se tiene en cuenta en las declaraciones trimestrales porque acabarías reteniendo 2 veces por el mismo concepto).


Otra cosa: la cuota de la Seg. Social:
La cuota mínima es de unos 264 euros/mes, pero tienen derecho a bonificación hombres menores de 30 años, mujeres menores de 35 años o discapacitados.
Por otra parte, hace relativamente poco se introdujo la llamada "tarifa plana" a la que se pueden acoger personas menores de 30 años, sin el alta en el RETA desde hace 5 años y
sin contrato por cuenta ajena (que no trabajen contratadas en otro sitio). La tarifa plana cuenta con las siguientes bonificaciones:
Meses 1-6: se paga el 20% de la cuota = 55,78 €
Meses 7-12: se paga el 50% de la cuota = 134,06 €
Meses 13-18: se paga el 70% de la cuota = 186,25 €
Después se paga la cuota completa.


Espero que ahora las cosas te queden aún más claras

Saludos,

Monika


 
Benoit Cros
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matices Mar 10, 2015

La información que ha aportado Monika es complementaria a la mía. Pero creo que hay 2 cosas erróneas.

De lo de la declaración trimestral de IRPF, se retiene el 20%, no el 30%, que ya es bastante

En cuanto a la tarifa plana, ahora ya no hay límite de edad, es para todos los nuevos autónomos.


 
Ana Cristina Gutierrez Iglesias
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Fiscalidad en España y empresas extrangeras Mar 10, 2015

y si has sido autónomo en otro páis como es mi caso contaría como nuevo o no?

Gracias a los dos.


 
Monika Jakacka Márquez
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Moderator of this forum
aclaraciones Mar 10, 2015

Sí, Benoit, tienes razón. Con el modelo 130 se retiene 20% del IRPF.

Por otra parte, acabo de revisar lo de la tarifa plana y he encontrado la siguiente información publicada en febrero de este año:

La duración de la bonificación varía en función de la edad del trabajador autónomos. En el caso de los menores de 30 años, durará 30 meses y la reducción se hará de la siguiente manera:
Reducción del 80% durante los seis primeros meses.
Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.
Reducción del 30% durante los 18 siguientes meses.

En el caso de que los futuros autónomos tengan más de 30 años, la bonificación durará 18 meses y la reducción se hará de esta manera:
Reducción del 80% durante los seis primeros meses.
Reducción del 50% durante los siguientes seis meses.
Reducción del 30% del mes 12 al 18.

http://cincodias.com/cincodias/2014/10/17/autonomos/1413557625_561765.html


De modo que parece que ahora ya no hay límite de edad, si bien los menores de 30 años tienen bonificaciones más ventajosas

Saludos,

M.


 
Monika Jakacka Márquez
Monika Jakacka Márquez  Identity Verified
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Moderator of this forum
No creo que lo tengan en cuenta Mar 10, 2015

Ana Cristina Gutierrez Iglesias wrote:

y si has sido autónomo en otro páis como es mi caso contaría como nuevo o no?

Gracias a los dos.


Creo que el alta en otro país no cuenta. La Ag. Tributaria se fija en los datos que constan en sus archivos y no creo que tenga posibilidades de comprobar tus "antecedentes" en otros países.

Saludos,
M.


 
Ana Cristina Gutierrez Iglesias
Ana Cristina Gutierrez Iglesias
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Fiscalidad en España y empresas extrangeras Mar 12, 2015

Tengo una duda de otra índole, creéis que se pueden perder clientes por cambiar d país o eso no afecta a las empresas, organiaciones, etc.?

 
Sheila Wilson
Sheila Wilson  Identity Verified
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No me causa ningun problema Mar 12, 2015

Ana Cristina Gutierrez Iglesias wrote:
Tengo una duda de otra índole, creéis que se pueden perder clientes por cambiar d país o eso no afecta a las empresas, organiaciones, etc.?

No lo creo. He traslado(?) de Francia a España y he perdido solo un cliente. Era el solo cliente que era cerca de mi casa. No parece ningun problema por los otros - como un simple cambio de direccion.
(Disculpa mis errores de español - estoy debutante.)


 
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